Rogelio
Javier Alonso Ruiz*
El Artículo Tercero Constitucional
establece que uno de los rasgos fundamentales de la educación mexicana es la
gratuidad. Asimismo, en el artículo sexto de las disposiciones generales de la
Ley General de Educación, se determina la prohibición del pago de cualquier
contraprestación que impida o condicione la prestación del servicio educativo a
los niños y jóvenes. De esta forma, la inscripción, el acceso a la escuela, la
realización de trámites o el otorgamiento de algún beneficio, no pueden estar
condicionados al pago de alguna cuota, buscando así propiciar un trato
igualitario para los alumnos. No obstante lo anterior, la Ley General de
Educación no niega o prohíbe la existencia de las cuotas escolares, sino que les
otorga el carácter de voluntarias y, por ende, intrascendentes para el goce del
derecho a la educación.
Fue en el año 2013 cuando en el Senado
de la República se abordó el tema de las cuotas escolares para hacer
posteriormente una modificación al artículo mencionado de la Ley General de
Educación. En la argumentación de los legisladores, se destacaba que las
aportaciones voluntarias ascendieron, en 2010, a más de 6 mil 380 millones de
pesos, lo que representaba un promedio de 690 pesos en casi la totalidad de las
escuelas en contexto favorable. Ante tales cifras tan exorbitantes, vale la
pena preguntarse: ¿qué está haciendo o dejando de hacer la autoridad educativa
para que la operación de las escuelas requiera aportaciones con un monto de
tales dimensiones? ¿son tales cifras un reflejo del deseo por maestros,
directivos o asociaciones de padres de familia por lucrar con el derecho
educativo o son consecuencia de los múltiples obstáculos en el funcionamiento
normal de las escuelas del país?
La situación de infraestructura física
de las escuelas mexicanas representa un caldo propicio para que las cuotas
escolares proliferen. “El hecho es que ante la insuficiencia de recursos, los
padres de familia tienen que aportar al gasto corriente para mantener la escuela
de sus hijos en condiciones funcionales” (López, 2005, p. 249). Son los padres,
en muchos casos, quienes se niegan a ver con indiferencia las carencias en los
planteles escolares, no así quienes por ley deberían estar obligados a evitar
esta situación. Las dolorosas e indignantes estadísticas de la situación física
de las escuelas a las que asisten sus hijos sin duda pueden conmover a más de
un padre de familia, para ello, una pequeña muestra: según el INEE (2018),
“sólo una tercera parte de las primarias públicas tiene al menos una
computadora para uso educativo” (p. 140), “uno de cada 10 preescolares y
primarias no dispone de un sanitario en su inmueble” (p. 136) y “en alrededor
de cuatro de cada 10 escuelas existe al menos un aula que requiere mantenimiento,
pues presenta goteras o filtraciones de agua, o bien tiene fisuras o
cuarteaduras graves en techos, muros o pisos” (p. 136). Ante estos ejemplos de abandono, las cuotas
escolares encuentran eco entre los padres de familia, quienes quizá por injusticia
o por sentido de colaboración, terminan por asumir voluntariamente gastos que
en realidad le corresponderían a otros cubrir.
Cabe decir también que la existencia
de cuotas escolares, aunque sean voluntarias, son un factor que aumenta la de
por sí alarmante desigualdad que impera en el panorama educativo mexicano.
Sobra mencionar, como es lógico, que serán los padres en contextos
socioeconómicos favorables los que mayores aportaciones económicas puedan hacer
en beneficio de la escuela, situando así en desventaja a aquellas que se
encuentran en entornos desfavorables. De este modo, se abona a uno de los
principios más lastimosos del servicio educativo mexicana: dar las mejores
experiencias educativas a quienes están mejor acomodados y dar las peores a
quienes se encuentran en situaciones de mayor desventaja, perpetuando e
incrementando así las diferencias sociales.
Así pues, se puede concluir en una
situación contradictoria con respecto a las cuotas escolares: es inadmisible
que sean utilizadas como pretexto para acceder al derecho a la educación, sin
embargo, bajo las lamentables condiciones de infraestructura física que imperan
a lo largo de la geografía nacional, su presencia en muchos casos, siempre y
cuando sea voluntaria, se escuda en superar precisamente aquellos obstáculos
que impiden que las escuelas operen con normalidad. A pesar del mañoso discurso
que manejan las autoridades, en los que se presentan prácticamente como
delincuentes a directivos escolares o asociaciones de padres de familia, cabe
decir que el tema de las cuotas escolares no debería ser visto como un motivo
de enfrentamiento entre la escuela y los padres de familia. La escuela se
encuentra entre la espada (las condiciones para su operatividad) y la pared (la
gratuidad). En todo caso, la existencia (y la necesidad) de cuotas escolares
voluntarias debería ser un motivo de reclamo de los padres de familia hacia las
autoridades que han propiciado que muchas escuelas estén en auténtico estado de
abandono. No son los maestros, los directivos o las asociaciones de padres de
familia quienes han provocado que existan escuelas con techos de cartón o sin
sanitarios para los alumnos, como la misma estadística oficial lo puede
confirmar.
Dentro de su ámbito de gestión, las
escuelas deben buscar los medios para hacer viable su buen funcionamiento,
aunque cabe aclarar que, de ninguna manera, el cobro de cuotas obligatorias
debe ser una opción a considerar, pues es un atentado grave contra la gratuidad
del derecho educativo. Las cuotas escolares, sean voluntarias o no, tampoco
deben ser vistas como un remplazo de aquello que la capacidad de gestión de la
escuela y, sobre todo de la parte directiva, debería lograr. No deben ser, en
suma, un motivo para la exclusión de un solo alumno ni un medio exclusivo para
la operatividad del plantel. Por otra parte, en vez de discursos condenatorios
sobre las aportaciones económicas de los padres de familia a la escuela, la
mejor manera que tienen los actores políticos para inhibir las cuotas escolares
es procurar, como no lo han hecho hasta hoy, que ninguna escuela tenga
carencias tan indignantes que ya no sólo les impidan ser espacios aptos para
aprender, sino para estar seguros o, increíblemente, para satisfacer
necesidades fisiológicas. Como se
observa, responder si son válidas o no las cuotas escolares voluntarias no cabe
en un simple “sí” o “no”.
*Rogelio Javier Alonso Ruiz. Docente
colimense de Educación Primaria (Esc. Prim. Adolfo López Mateos T.M.) y de
Educación Superior (Instituto Superior de Educación Normal del Estado de
Colima). Licenciado en Educación Primaria y Maestro en Pedagogía.
Twitter:
@proferoger85
REFERENCIAS
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Disponible en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN. Ley General de Educación. México: autor,
1993.
INEE. La Educación obligatoria en México. Informe 2018. México: autor,
2018.
LÓPEZ, Adolfo, et al. El sostenimiento de la educación en México. México:
UAEM, 2005.
SENADO DE LA REPÚBLICA. Boletín 1516: Prohíbe Senado cuotas en
escuelas públicas. Disponible en: http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/periodo-ordinario/boletines/6795-boletin-1516-prohibe-senado-cuotas-en-escuelas-publicas.html
(consultado el 15 de febrero de 2019).
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