Rogelio
Javier Alonso Ruiz*
Mal hace el
sindicato en realizar tal petición a la mandataria. Quienes aspiraron a ocupar
tal cargo eran sabedores de las condiciones que implicaría su ejercicio. El
artículo 101 de la Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y
los Maestros no deja lugar a dudas: “las personas que decidan aceptar el
desempeño de un empleo o cargo que impidan el ejercicio de su función en el
servicio público educativo, deberán separarse del mismo, sin goce de sueldo,
mientras dure el empleo o cargo”. Es decir, lo que se habría solicitado a la
gobernadora estaría al margen de la ley.
Además del incumplimiento
legal y el sobregasto que implicaría para el erario, hay algo que también
preocupa desde la arena política. En la reciente campaña electoral sindical se
criticó a quienes, en otros periodos, incumplieron desde el comité el artículo
78 de la entonces vigente Ley General del Servicio Profesional Docente,
prácticamente idéntico al artículo señalado en el párrafo anterior. Se
ejercieron los cargos sindicales, sin la separación mandatada, y, se especuló,
esa fue una de las razones por las que las manos estuvieron atadas ante los
agravios nacionales y locales. Favores con favores se pagan. Así, la solicitud
implicaría un riesgo grave ante una eventual tensión de las relaciones entre
patrón y trabajadores.
Quizá quien
escribe estas líneas peca de mal pensado y le busca tres pies al gato. Se aleja
de todo realismo y maliciosamente soslaya que para los tan abundantes e
importantes asuntos que los cargos comprenden, se requiere una considerable
dosis de tiempo: ¿a qué hora un docente que trabaja dos turnos atenderá a sus
colegas? Quizá también, viendo moros con tranchetes, deduce a partir de la
solicitud un arreglo de ventajas mutuas, con un costo-beneficio ampliamente
favorable para la parte patronal.
Considerando
pues que los razonamientos anteriores son equivocados o hasta malintencionados,
el fin de la solicitud a la gobernadora en todo caso no sería equivocado, pero sí
el camino para alcanzarlo: la concesión. Si bien es más rápida, también es más
riesgosa. El medio más seguro, sin embargo, sería también más largo: la
modificación del artículo citado de la ley que rige el servicio magisterial.
Quitar, desde la trinchera legislativa, los candados para el ejercicio de
cargos como los que se ostentan y, ya en la tarea, proponer las acotaciones
pertinentes para evitar situaciones que, aunque legales, no son deseables, como
la eternización en tales puestos. Será una tarea ardua argumentar por qué las
disposiciones actuales son inadecuadas. Se debe aprovechar, para tal efecto,
que el sindicato es, según sí mismo, el “ejército intelectual” de la mayor
fuerza política del país.
La solicitud equivaldría pues, para el gremio, a colocar nuestra propia ratonera, ponerle el queso también e ir gustosos por él. Quizá la ratonera dejaría a algunos disfrutar una porción de queso, pero aplastaría con fuerza a la mayoría. En el pecado se llevaría la penitencia. Ojalá, por el bien del magisterio, el comité sindical demuestre en los hechos el debido ejercicio de los cargos sindicales y que lo expresado en este texto se ha basado en rumores infundados. Que las comisiones sindicales no estén patrocinadas por nadie: en caso de separarse de sus cargos de origen, demostrar públicamente la renuncia al sueldo correspondiente. Ojalá no se pida a la gobernadora nada al margen de la ley. Sería un vicio de origen del recién formado comité sindical. Sería el trueque perfecto… pero para el patrón.
*Rogelio
Javier Alonso Ruiz. Profesor colimense. Director de educación primaria (Esc.
Prim. Adolfo López Mateos T.M.) y docente de educación superior (Instituto
Superior de Educación Normal del Estado de Colima). Licenciado en Educación
Primaria y Maestro en Pedagogía.
Twitter:
@proferoger85
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